Deducción autonómica por nacimiento o adopción de hijo
Tipo de prestación: : Fiscalidad
Los residentes en Cataluña pueden aplicar una deducción por nacimiento o adopción de un hijo en los términos siguientes:
a) En declaración individual, una deducción para cada uno de los progenitores de 150 euros.
b) En la declaración conjunta de los progenitores, una deducción de 300 euros.
Normativa: Artículo 1 Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de Cataluña