Permiso por nacimiento y cuidado del menor (Permiso de maternidad/paternidad)
Tipo de prestación: : Nacimiento, adopción o acogimiento
El permiso por nacimiento y cuidado del menor es el tiempo de descanso de los trabajadores para atender al hijo, en caso de nacimiento, adopción, guarda o acogimiento.
Consiste en 16 semanas de permiso para ambos progenitores que se podrán dividir de la siguiente manera
6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción.
Además se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:
Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
Ampliación en 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
Ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.